Multas e intereses para personas físicas

La ley de Virginia nos exige que evaluemos multas por pago insuficiente de impuestos tentativos (multa por extensión), presentación tardía y pago tardío. Además, se deben acumular intereses sobre pagos insuficientes y pagos atrasados de impuestos, así como sobre el saldo impago de cualquier evaluación que tenga más de 30 días de antigüedad.

Penalización por extensión

La ley de Virginia proporciona una extensión automática de 6 meses para la presentación de declaraciones de impuestos sobre la renta individuales y fiduciarias. No se concede prórroga para el pago de los impuestos adeudados. Para evitar una multa por extensión, debe pagar al menos el 90% de la obligación tributaria final antes de la fecha de vencimiento original para presentar la declaración. Si presenta su declaración dentro de los 6 meses a partir de la fecha original, pero el saldo de impuestos adeudados con la declaración supera el 10% de su obligación tributaria total, la declaración estará sujeta a una multa por extensión.

La multa por extensión se aplica sobre el saldo del impuesto adeudado con la declaración a una tasa del 2% por mes o parte de un mes, desde la fecha de vencimiento original hasta la fecha en que se presenta la declaración. La multa máxima es del 12% del impuesto adeudado.

El período de prórroga termina 6 meses después de la fecha de vencimiento original o en la fecha en que se presenta la declaración, lo que ocurra primero. Si presenta su declaración más de 6 meses después de la fecha de vencimiento, la disposición de prórroga automática no se aplicará y la declaración estará sujeta a la multa por presentación tardía sobre cualquier saldo de impuestos adeudado con la declaración. Si presenta su declaración dentro de 6 meses después de la fecha de vencimiento original, pero no paga el impuesto adeudado hasta después de que se presenta la declaración, incluso si el impuesto se paga dentro de los 6 meses posteriores a la fecha de vencimiento original, la multa por extensión se aplicará durante el período de la extensión, luego la multa por pago atrasado se aplicará por el resto del período por el cual no se paga el impuesto.

Ejemplo: Evaluación Combinada de Multa por Extensión/Pago Atrasado

La declaración de impuestos sobre la renta individual de Linda debía presentarse el 1de mayo. Ella presentó la solicitud el 15de julio, que estaba dentro de los seis meses posteriores a la fecha de vencimiento original, pero no pagó el impuesto adeudado de $2000 hasta julio de 25. El impuesto adeudado fue más del 10% de su deuda tributaria total del año, por lo que la declaración está sujeta a la multa por extensión para mayo, junio y parte de julio. Debido a que Linda no pagó el impuesto adeudado para la fecha en que se presentó su declaración, también se impondrá una multa por pago atrasado durante el resto de julio. La multa por extensión y la multa por retraso en el pago se evaluarán de la siguiente manera:

  • Impuesto adeudado reportado a la declaración: $2,000.00
  • Penalización por extensión (3 meses a 2% por mes): $120.00
  • Multa por pago atrasado (1 mes @ 6%) - $120.00

Nota: Los intereses se aplican a cualquier saldo de impuestos adeudados que no se pague antes de la fecha de vencimiento original de una declaración, incluso si la declaración se presenta bajo prórroga y/o no está sujeta a una multa por prórroga.

Multa por presentación tardía

Si presenta su declaración más de 6 meses después de la fecha de vencimiento y adeuda impuestos, su declaración estará sujeta a una multa por presentación tardía. La ley prevé que la multa se imponga a una tasa del 6% mensual o parcial de mes desde la fecha de vencimiento de la declaración hasta la presentación de la declaración, o hasta que se haya devengado la multa máxima del 30%. Debido a que la multa por presentación tardía no se aplica a menos que la declaración se presente más de 6 meses después de la fecha de vencimiento original, una evaluación de presentación tardía reflejará la multa máxima del 30% del impuesto adeudado.

Multa por pago atrasado

Si presenta su declaración dentro de los 6 meses posteriores a la fecha de vencimiento pero no paga el impuesto adeudado hasta después de ese momento, su declaración estará sujeta a una multa por pago atrasado. Al igual que la multa por presentación tardía, la multa por pago tardío se aplica a una tasa del 6% mensual, con una multa máxima del 30%. La multa por pago tardío no se impondrá en ningún mes para el cual se haya evaluado una multa por presentación tardía. Además, la multa por pago atrasado generalmente no se evalúa cuando se evalúa un saldo adicional de impuestos como resultado de una auditoría de una declaración de impuestos sobre la renta que se presentó de buena fe. Es posible que una devolución esté sujeta tanto a la penalización por retraso en el pago como a la penalización por extensión, como se explicó anteriormente.

Renuncia a la sanción

Si circunstancias atenuantes le impidieron presentar su declaración o pagar sus impuestos a tiempo, puede pedirnos que perdonemos las multas de $2000 o menos. Los ejemplos incluyen incendio, muerte, enfermedad que requiera hospitalización en o alrededor de la fecha de parto, inundación o desastre natural, u otras situaciones inusuales. Por lo general, no renunciamos a las multas en casos de simple descuido, como olvidarse de enviar una declaración por correo.

Para solicitar una exención, escríbanos con los detalles de su caso e incluya cualquier documentación que respalde su reclamo. Envíe su solicitud a:

Impuestos de Virginia
Oficina de Servicios al Cliente
P.O. Caja 1115
Richmond, VA  23218-1115

Para multas superiores a $2,000, solicite una oferta de compromiso.

Interés

La ley de Virginia nos exige que evaluemos intereses sobre cualquier saldo de impuestos no pagados, desde la fecha de vencimiento del pago hasta la fecha en que se paga el impuesto. Los cargos por intereses se aplican a los pagos atrasados y a los pagos realizados con declaraciones presentadas en extensión, así como a los saldos adicionales adeudados con declaraciones enmendadas o evaluados como resultado de ajustes de auditoría.

Los intereses se evalúan a la tasa federal de pago insuficiente establecida en la Sección 6621del Código de Rentas Internas, más el 2%. Para conocer la tasa de interés diaria actual, contáctenos al 804.367.8031.

Otras sanciones

Además de las sanciones mencionadas anteriormente, la ley de Virginia también prevé sanciones civiles y penales en casos de fraude y falta de presentación. La multa civil por presentar una declaración falsa o fraudulenta, o por no presentar o negarse a presentar una declaración con la intención de evadir el impuesto es del 100% del impuesto correcto. Además, se pueden aplicar sanciones penales de hasta un año de prisión o una multa de hasta $2,500o ambas, en casos de fraude y falta de presentación.