Para los años tributarios que comiencen a partir del1de enero de 2015, estas Pautas son reemplazadas por las Pautas actualizadas emitidas por el Departamento (Documento Público 15-240).
21 de septiembre de 2007
Artículo 16.1 del Capítulo 3 del Título 58.1 (§ 58.1-486.1 y ss.) promulgada por 2007 Proyecto de Ley del Senado 1238 (Capítulo 796) requiere que las entidades intermediarias que hacen negocios en el Estado y tienen ingresos imponibles derivados de fuentes de Virginia paguen un impuesto de retención igual al cinco por ciento de las participaciones de ingresos de sus propietarios no residentes de fuentes de Virginia. Estas pautas son publicadas por el Departamento de Impuestos ("TAX") para brindar orientación a los contribuyentes con respecto a la nueva ley.
Los formularios y las instrucciones que acompañan a este impuesto aún no se han desarrollado. Se proporcionará más información una vez que estén disponibles. Si bien estas pautas y reglas se actualizarán en el futuro según sea necesario, la intención de TAX es complementar estas pautas con regulaciones permanentes. Nada de lo dispuesto en estas directrices se interpretará en el sentido de afectar a los actuales requisitos de retención aplicables a los empleadores que se establecen en el Artículo 16 (§ 58.1-460 y siguientes) del Capítulo 3 del Título 58.1.
Definiciones
"Ingresos de fuentes de Virginia" significa los elementos de ingresos, ganancias, pérdidas y deducciones atribuibles a la propiedad, venta, intercambio u otra disposición de cualquier interés en bienes personales reales o tangibles en Virginia o atribuibles a un negocio, comercio, profesión u ocupación llevada a cabo en Virginia o atribuibles a bienes personales intangibles empleados en un negocio, oficio, profesión u ocupación ejercida en Virginia. Si no se considera que todo el negocio de la entidad de transferencia se ha realizado dentro del Commonwealth, entonces los "ingresos de fuentes de Virginia" significan la parte de los ingresos de la entidad de transferencia que se ha asignado y prorrateado a Virginia de la misma manera que las corporaciones.
"Propietario no residente" significa cualquier persona que sea tratada como socio, miembro o accionista de la entidad de transferencia a efectos del impuesto federal sobre la renta y, en el caso de un individuo, no sea domiciliario o residente real de Virginia, o, en el caso de cualquier otra entidad, no tenga su domicilio comercial en Virginia.
"Entidad de transferencia" significa cualquier entidad, incluyendo una sociedad en comandita, una sociedad de responsabilidad limitada, una sociedad colectiva, una compañía de responsabilidad limitada, una compañía de responsabilidad limitada profesional, un fideicomiso comercial o una corporación del Subcapítulo S, que se reconoce como una entidad separada para propósitos del impuesto a las ganancias federales, en la que los socios, miembros o accionistas declaran su parte de los ingresos, ganancias, pérdidas, deducciones y créditos de la entidad en sus declaraciones de impuestos a las ganancias federales.
"Ingresos imponibles de fuentes de Virginia" significa la cantidad de ingresos de fuentes de Virginia asignados a todos los propietarios no residentes no exentos bajo la sección titulada "Quién está sujeto a la retención de impuestos" a continuación. Los ingresos de las fuentes de Virginia deben asignarse a los propietarios no residentes en proporción a su porcentaje de propiedad o participación en la entidad de transferencia o según lo dispuesto en el acuerdo de sociedad u otro documento de la entidad.
Requisitos de retención de impuestos
Las entidades de transferencia que tienen ingresos imponibles de fuentes de Virginia y que deben asignar cualquier parte de esos ingresos a al menos un propietario no residente que fue propietario no residente durante cualquier parte del año tributario anterior deben pagar la retención de impuestos a menos que se aplique una exención. Si un propietario fue propietario no residente solo durante una parte del año fiscal, los ingresos asignados a dicho propietario deben prorratearse por el número de días de residencia fuera de Virginia para determinar la cantidad sobre la cual se debe pagar la retención de impuestos.
Este impuesto es efectivo para los años tributarios que comiencen a partir del 1de enero de 2008. Como resultado, las entidades intermediarias deberán pagar este impuesto por primera vez cuando se presenten 2008 declaraciones en 2009.
¿Quién está sujeto a la retención de impuestos?
Las entidades de transferencia deben pagar la retención de impuestos para todos los propietarios no residentes, con las siguientes excepciones:
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- Excepción 1: Personas que están exentas de pagar impuestos federales sobre la renta por razón de su propósito o actividades o que están exentas de impuestos sobre la renta de Virginia. La exención debe aplicarse a la participación del individuo en los ingresos de la entidad de transferencia. Ejemplos de tales personas exentas son las personas a las que se les ha otorgado inmunidad diplomática y las personas que no tenían ninguna responsabilidad por el impuesto sobre la renta de Virginia en el año anterior y que no esperan tener ninguna responsabilidad en el año en curso.
Excepción 2: Entidades distintas de las personas físicas y jurídicas que estén exentas del pago de impuestos federales sobre la renta en razón de su propósito o actividades. La exención del impuesto federal sobre la renta debe aplicarse a la participación de la entidad en los ingresos de la entidad intermediaria. Ejemplos de dichas entidades exentas son:
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- Ejemplo 1: Otras entidades de paso. Estas entidades de transferencia serán responsables de pagar el impuesto de retención sobre las participaciones de los ingresos de sus propios propietarios no residentes de fuentes de Virginia. Una entidad que desee acogerse a esta exención debe proporcionar una declaración en un formulario que será prescrito por el Comisionado de Impuestos a la entidad de transferencia, indicando que es tratada como una entidad de transferencia según el Código de Rentas Internas.
Ejemplo 2: Entidades exentas por razón de inmunidad diplomática o en virtud de tratados entre los Estados Unidos y otros países. Una entidad que desee acogerse a esta exención debe presentar una declaración en un formulario que será prescrito por el Comisionado de Impuestos a la entidad intermediaria en la que se indique que tiene inmunidad diplomática contra el impuesto federal sobre la renta.
- Ejemplo 1: Otras entidades de paso. Estas entidades de transferencia serán responsables de pagar el impuesto de retención sobre las participaciones de los ingresos de sus propios propietarios no residentes de fuentes de Virginia. Una entidad que desee acogerse a esta exención debe proporcionar una declaración en un formulario que será prescrito por el Comisionado de Impuestos a la entidad de transferencia, indicando que es tratada como una entidad de transferencia según el Código de Rentas Internas.
Excepción 3: Corporaciones que están exentas del impuesto sobre la renta de Virginia. Ejemplos de tales corporaciones exentas son:
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- Ejemplo 1: Ciertos bancos, compañías de seguros y servicios públicos que están sujetos a otros impuestos en lugar del impuesto sobre la renta de Virginia. Una corporación que desee acogerse a esta exención debe proporcionar una declaración en un formulario que será prescrito por el Comisionado de Impuestos a la entidad de transferencia especificando el impuesto de Virginia que se le impone en lugar del impuesto sobre la renta de Virginia.
Ejemplo 2: Corporaciones exentas del impuesto federal sobre la renta bajo el Código de Rentas Internas § 501. Una corporación que desee acogerse a esta exención debe proporcionar una declaración en un formulario que será prescrito por el Comisionado de Impuestos a la entidad de transferencia, indicando que está exenta del impuesto federal sobre la renta por razón de su propósito o actividades y citando la sección y subsección pertinentes del Código de Rentas Internas.
- Ejemplo 1: Ciertos bancos, compañías de seguros y servicios públicos que están sujetos a otros impuestos en lugar del impuesto sobre la renta de Virginia. Una corporación que desee acogerse a esta exención debe proporcionar una declaración en un formulario que será prescrito por el Comisionado de Impuestos a la entidad de transferencia especificando el impuesto de Virginia que se le impone en lugar del impuesto sobre la renta de Virginia.
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- Excepción 1: Personas que están exentas de pagar impuestos federales sobre la renta por razón de su propósito o actividades o que están exentas de impuestos sobre la renta de Virginia. La exención debe aplicarse a la participación del individuo en los ingresos de la entidad de transferencia. Ejemplos de tales personas exentas son las personas a las que se les ha otorgado inmunidad diplomática y las personas que no tenían ninguna responsabilidad por el impuesto sobre la renta de Virginia en el año anterior y que no esperan tener ninguna responsabilidad en el año en curso.
Si un propietario no residente afirma estar exento de la retención de impuestos, la entidad de transferencia debe obtener documentación del propietario no residente que establezca la base de dicha exención. Esta documentación estará en un formulario que será prescrito por el Comisionado de Impuestos y debe ser conservada por la entidad de transferencia con sus registros.
La determinación de la condición de no residente se basará en la dirección registrada del propietario de la entidad de transferencia, a menos que la entidad de transferencia tenga otra información relacionada con la residencia o el domicilio comercial del propietario debido a la participación del propietario en la administración de la entidad de transferencia. Si un propietario también es empleado de la entidad de transferencia, también se considerará la información relacionada con la retención sobre los salarios.
La entidad de transferencia deberá proporcionar junto con su declaración de retención de impuestos una lista de cada persona física, corporación y otra entidad que solicite la exención de la retención de impuestos en un formulario que prescribirá el Comisionado de Impuestos. La lista deberá contener el nombre, el número de seguro social federal, el número de identificación del empleador u otro número de identificación del contribuyente y la dirección de cada propietario no residente que reclame la exención, así como una descripción de la base de la exención reclamada.
Monto de la retención de impuestos
El monto de la retención de impuestos es igual al cinco por ciento de la parte de los ingresos imponibles de fuentes de Virginia que son asignables a cada propietario no residente. Al determinar el monto de la retención de impuestos, la entidad de transferencia puede aplicar cualquier crédito fiscal que haya devengado y permitido en virtud de la Código de Virginia que pasan a través de propietarios no residentes. Sin embargo, el crédito o créditos no pueden reducir la obligación tributaria de ningún propietario no residente a menos de cero; Tampoco se puede trasladar un crédito no utilizado en una declaración unificada.
La responsabilidad de la entidad de transferencia por la retención de impuestos se determina anualmente sin tener en cuenta si la entidad de transferencia realmente ha retenido montos de las distribuciones, asignaciones o pagos de cualquier propietario.
En la medida en que una entidad de transferencia haya pagado, o anticipe razonablemente pagar, impuestos de retención de Virginia con respecto a sus propietarios actuales y anteriores no residentes, la entidad de transferencia puede realizar dichos ajustes a las asignaciones y cuentas de dicho propietario en los momentos que ella y sus propietarios acuerden o según lo permita su acuerdo operativo o estatuto.
Requisitos de presentación de la entidad de transferencia
Las entidades de transferencia que están obligadas a pagar la retención de impuestos deben pagar la cantidad requerida utilizando un formulario que será prescrito por el Comisionado de Impuestos cuando se deba presentar el Formulario 502 , que es el 15del cuarto mes siguiente al cierre del año contributivo. Aunque el tiempo para presentar el Formulario 502 puede extenderse, el tiempo para pagar el monto de la retención de impuestos adeudada no se extenderá.
Para el año tributario 2008, si se ha elegido una extensión de presentación para el Formulario 502 , la entidad de transferencia debe pagar al menos el noventa por ciento de la retención de impuestos adeudada para el año tributario 2008 para evitar una multa. Este pago debe realizarse utilizando un formulario prescrito por el Comisionado de Impuestos.
Con el fin de evitar una multa en los años tributarios subsiguientes, la entidad intermediaria debe pagar el noventa por ciento de la retención de impuestos adeudada para el año tributario o el cien por ciento de la retención de impuestos pagada por el año tributario anterior, si ese año tributario fue un año tributario de 12 meses y la retención de impuestos se pagó para ese año tributario. Este pago debe realizarse a más tardar el día quince del cuarto mes siguiente al cierre de su año fiscal utilizando un formulario que será prescrito por el Comisionado de Impuestos.
La porción restante del impuesto de retención adeudado, si lo hubiera, debe pagarse en el momento en que la entidad de transferencia presenta el Formulario 502 declaración en un formulario que será prescrito por el Comisionado de Impuestos. Si el saldo adeudado se paga antes del último día del período de prórroga para presentar el Formulario 502 declaración y la cantidad de impuestos adeudados con esa declaración es el diez por ciento o menos de la retención de impuestos adeudada para el año tributario, o si el contribuyente ha pagado el cien por ciento de la retención de impuestos pagada para el año tributario anterior, No se impondrá ninguna sanción.
Si la declaración se presenta dentro de la prórroga de seis meses, pero la entidad de transferencia no ha pagado el noventa por ciento del impuesto adeudado antes de la fecha de vencimiento original, entonces la entidad de transferencia está sujeta a una multa de extensión del dos por ciento por mes. La multa se aplica al saldo del impuesto adeudado con la declaración desde la fecha de vencimiento original hasta la fecha en que se presenta la declaración. La multa máxima por extensión es del doce por ciento del impuesto adeudado.
Si la declaración se presenta dentro de la extensión de seis meses, pero la entidad de transferencia no paga el monto total del impuesto adeudado en el momento de la presentación, el saldo impago estará sujeto a una multa por pago atrasado del seis por ciento por mes o fracción de mes desde la fecha de presentación hasta la fecha de pago, hasta un máximo del treinta por ciento. La multa por pago atrasado se evaluará además de cualquier multa de extensión que pueda aplicar.
Si la declaración se presenta después de la fecha de vencimiento extendida, las disposiciones de extensión no se aplican y la entidad de transferencia está sujeta a la multa máxima por presentación tardía del treinta por ciento.
Los intereses sobre el saldo impago de cualquier impuesto y multa se cobran a la tasa de pago insuficiente establecida por la sección 6621 del Código de Rentas Internas, más el dos por ciento, desde la fecha de vencimiento hasta que se pague. Se devengarán intereses sobre cualquier saldo de impuestos, independientemente de si se cumple con el requisito de pago del noventa por ciento.
Declaraciones proporcionadas por la entidad de transferencia
Las entidades de transferencia que están obligadas a pagar la retención de impuestos de Virginia deben proporcionar a cada propietario no residente una declaración en un formulario que será prescrito por el Comisionado de Impuestos que muestre:
- 1. El nombre, la dirección, el número de identificación federal del empleador (FEIN) y el número de cuenta de Virginia de la entidad de transferencia;
2. La cantidad de ingresos tributables de Virginia asignables al propietario, independientemente de que la entidad de transferencia los distribuya o no para fines del impuesto a las ganancias federales al propietario no residente;
3. La participación del propietario en los créditos tenidos en cuenta por la entidad intermediaria al calcular la retención en origen atribuible al propietario no residente; y
4. El monto de la retención de impuestos pagada en nombre del propietario no residente.
La declaración debe proporcionarse a cada propietario no residente en o antes de la fecha de vencimiento del Formulario 502 declaración de la entidad intermediaria, incluidas las extensiones de tiempo para presentar esa declaración, o en una fecha posterior según lo permita el Comisionado de Impuestos. También se debe presentar una copia de la declaración con la declaración de retención de impuestos presentada para el año tributario aplicable de la manera prescrita por el Comisionado de Impuestos.
Esta declaración es adicional a las declaraciones que se requieren presentar como parte del Formulario 502de la entidad de transferencia.
Requisitos de presentación del propietario no residente
El pago de la retención de impuestos no exime al propietario no residente de la obligación de presentar una declaración de impuestos sobre la renta de Virginia. Se pueden imponer multas e intereses sobre cualquier impuesto adeudado por el propietario no residente luego del crédito por la retención de impuestos pagada por la entidad de transferencia.
Al presentar una declaración de impuestos sobre la renta individual o corporativa relacionada con los ingresos recibidos de la entidad de transferencia, se le permitirá al propietario no residente un crédito por la parte de ese propietario del impuesto de retención pagado por la entidad de transferencia, siempre que la entidad de transferencia haya presentado su Formulario 502, la retención de impuestos se haya pagado en su totalidad, el propietario no residente ha recibido el Formulario VK-1 y la declaración descrita en la sección titulada "Declaraciones proporcionadas por la entidad de transferencia" anterior, y el propietario no residente incluye una copia de esa declaración con la declaración de impuestos sobre la renta.
Ejemplos de la relación entre el momento de la presentación por parte de la entidad de transferencia y el propietario no residente:
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- Ejemplo 1: La declaración de la entidad intermediaria vence el 15de abril, pero la entidad opta por extender el tiempo de presentación hasta el 15de octubre. En ese momento, la entidad presenta el Formulario 502, paga la retención de impuestos en su totalidad y envía el1 y la declaración de VK al propietario individual no residente. El propietario individual no residente puede presentar una declaración a tiempo antes del 1de noviembre y reclamar el crédito en esa declaración.
Ejemplo 2: La declaración de la entidad de transferencia vence el 15de abril, pero la entidad opta por extender el tiempo de presentación hasta el 15de octubre. En ese momento, la entidad presenta el Formulario 502, paga la retención de impuestos en su totalidad y envía el1 y la declaración de VK al propietario individual no residente. El propietario individual no residente no recibe el1 VK-y el estado de cuenta antes del 1de noviembre. Debido a que la declaración del propietario individual no residente vence el 1de noviembre, debe presentar una declaración sin reclamar el crédito. Luego de recibir la documentación adecuada, puede presentar una declaración enmendada para reclamar el crédito y recibir un reembolso.
- Ejemplo 1: La declaración de la entidad intermediaria vence el 15de abril, pero la entidad opta por extender el tiempo de presentación hasta el 15de octubre. En ese momento, la entidad presenta el Formulario 502, paga la retención de impuestos en su totalidad y envía el1 y la declaración de VK al propietario individual no residente. El propietario individual no residente puede presentar una declaración a tiempo antes del 1de noviembre y reclamar el crédito en esa declaración.
Un propietario individual no residente no estará obligado a presentar una declaración de impuestos sobre la renta individual si el individuo consiente en ser incluido en el Formulario 765 presentado por cada entidad de transferencia aplicable en la que posea un interés y no tenga otros ingresos de fuentes de Virginia.
Si un propietario individual no residente está incluido en uno o más Formularios 765 pero tiene otros ingresos de fuentes de Virginia, debe presentar la Declaración de impuestos sobre la renta de personas físicas no residentes (Formulario 763). La persona deberá deducir los ingresos que hayan sido previamente declarados en el Formulario 765.
Excepciones
Sociedades que cotizan en bolsa
Una sociedad que cotiza en bolsa no estará obligada a pagar la retención de impuestos si es una sociedad que cotiza en bolsa según se define en la sección 7704 b del Código de Rentas Internas, en vigor el 1de enero de 2007, se trata como una sociedad a los efectos de los impuestos federales sobre la renta, y presenta el Formulario 502 de Virginia y los anexos relacionados.
Entidades no consideradas
Si una entidad de transferencia no se tiene en cuenta para fines federales, también se ignora para fines del impuesto sobre la renta de Virginia. Como resultado, la entidad excluida no está obligada a pagar esta retención en origen. Sin embargo, esta disposición no afecta los requisitos de retención de impuestos sobre la renta existentes con respecto a los empleados de la entidad de transferencia no considerada.
Devoluciones unificadas
La entidad intermediaria no estará obligada a pagar la retención de impuestos si presenta un Formulario 765. Para ello, la entidad intermediaria debe obtener el consentimiento de cada propietario no residente para ser incluida en la declaración. Dicho consentimiento debe estar en un formulario que será prescrito por el Comisionado de Impuestos y debe indicar que el propietario no residente acepta pagar impuestos bajo las siguientes condiciones:
1. La entidad de transferencia debe proporcionar un cronograma que contenga el ingreso total de la sociedad y el monto atribuible a Virginia según la fórmula de distribución estatal aplicable, según lo dispuesto en Código de Virginia §§ 58.1-408 a través de 58.1-421, o mediante el uso de un método alternativo aprobado. Este horario estará en un formulario que será prescrito por el Comisionado de Impuestos.
2. La declaración incluirá el nombre, la dirección, el número de seguro social y los ingresos imponibles de Virginia atribuibles a cada socio no residente.
3. El impuesto sobre la renta de Virginia se calculará a la tasa más alta especificada en Código de Virginia § 58.1-320 sobre los ingresos de la sociedad colectiva atribuibles a los socios no residentes sin el beneficio de deducciones detalladas, deducciones estándar, exenciones personales o crédito por impuestos sobre la renta pagados a los estados de residencia.
La participación en la declaración unificada indicará el consentimiento del propietario no residente para tributar por el Commonwealth of Virginia.
Varias entidades de transferencia bajo propiedad común que deseen presentar un Formulario consolidado 765 deben solicitar permiso al Departamento de Impuestos para hacerlo. Por lo general, se concederá el permiso.
Dificultades excesivas
La entidad de transferencia no estará obligada a pagar el impuesto de retención si el Comisionado de Impuestos determina que el cumplimiento causará dificultades excesivas. Una entidad intermediaria que busca una exención sobre la base de una dificultad excesiva puede solicitar al Comisionado de Impuestos por carta explicando los hechos y circunstancias que crean la dificultad.
Además de cualquier otra información que la entidad de transferencia considere relevante para su petición de alivio, la carta proporcionará información que permita al Comisionado de Impuestos comparar y evaluar el costo para la entidad de transferencia de cumplir con los requisitos de retención de impuestos y el costo para el Estado Libre Asociado de recaudar el impuesto sobre la renta de cualquier propietario no residente que no presente voluntariamente declaraciones de impuestos sobre la renta de Virginia y pague el impuesto.
Aprobado:
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Janie E. Bowen
Comisionado de Impuestos